Visto el cumplimiento de la pena y decretada como ha sido la libertad plena del ciudadano WILSON JESÚS QUERALES ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº17.188.106, y luego de cumplido con todos los requisitos exigidos de ley, este Órgano Jurisdiccional ORDENA remitir la presente causa signada con el N° CJPM-TM3ES-002-09 conformado por cinco (05) piezas, la pieza N°1 constante de Doscientos Cincuenta y Cuatro (254) folios útiles, la pieza N° 2 constante de Trescientos Sesenta y Nueve (369) folios útiles, la pieza N°3 constante de Doscientos Noventa y Ocho (298) folios útiles, la pieza N°4 constante de Doscientos Seis (206) folios útiles y la pieza N°5 constante de catorce (14) folios útiles, al Circuito Judicial Penal Militar, para que sea incluido en el Archivo General llevado por esta Digna Superioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar