DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Diez de la Corte de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA NO HA LUGAR A TRÁMITE el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEJANDRO MANUEL DIAZ IACOCCA, en su condición de imputado en contra de la decisión dictada por el Tribunal Trigésimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 3 de septiembre de 2013, mediante la cual decretó "...MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL EXCEPCIONAL DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano DIAZ I., ALEJANDRO MANUEL..., por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SEMILLAS, RESINA Y PLANTAS, previsto y sancionado en el artículo 151 de la Ley Orgánica de Drogas...", en razón de haber sido interpuesta sin la as.....