En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada VILMA CANELÓN, contra la sentencia dictada el 12 de noviembre del 2010 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de simulación que intentó el ciudadano HUGO ROLANDO DE FREITAS LOZADA, en contra de la demandante y de las ciudadanas AIDA MARÍA GARCÍA CAMARGO, ANUBIS BRITA PÉREZ MALDONADO, en el expediente Nº AH15-V-1996-000001, de la nomenclatura del mencionado Juzgado Quinto de Primera Instancia. Se levanta la suspensión de los efectos de la sentencia proferida el 12 de noviembre del 2011 por el Juzgado Quinto de Primer.....