DISPOSITIVO.-
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por los ciudadanos KARINA DEL CARMEN BRACHO VALERO y JULIO CESAR RINCON VILCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-29.977.357 y V-15.626.636, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio LUIS DELMAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 294.889. En consecuencia se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha Veintisiete .....