En mérito de las anteriores consideraciones, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: ÚNICO: NIEGA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA solicitada por la Procuraduría General de la República en el Recurso de Nulidad y Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesto por el ciudadano ANTONIO RAMON DUMONT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.107.258 contra la Providencia Administrativa Nº 00099/10 de fecha 12 de febrero de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia una vez que quede firme la presente decisión se fijará por auto separado la fecha para la celebración de la audiencia de juicio. Se ordena la notificación mediante oficio de la presente decisión a la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con F.....