En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada PEDRO MANUEL OCANTO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.340.308 de este domicilio de este domicilio, en contra de las demandadas: Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA VIVOLO, C.A (CONVICA). Y Así se establece.