Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control, con sede en Guasdualito, Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano IM. JOSÈ LUIS BELISARIO URDANETA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V.- 14.637.503, quien fuera plaza del Comando Fluvial Fronterizo "TN. Jacinto Muñoz"; por la Comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523 y 527 Ordinal 1º y sancionado en el artículo 528 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable a la jurisdicción militar por imperio de los artículos 20 y 592, del Código Orgánico de Justicia Militar. Regístrese la presente decisión, expídase la copia certificada de ley, líbrense las respectivas Boletas de Notificación, particípese lo conducente, remítase las presentes .....