Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MIGDALIA J. LUGO G, en su condición de apoderada judicial especial del ciudadano JULIO ANTONIO COLMENARES, contra la decisión dictada en fecha 10-04-06, por el Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra de los ciudadanos ISAURA FACORRO DE MARTÍN Y JOSÉ MARTÍN FACORRO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que el hecho objeto del proceso no se realizó, en consecuencia, se fija para la Quinta audiencia siguiente a la de hoy, a las diez y media horas de la mañan.....