DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 14 de marzo de 2023, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declarara "inadmisible" la demanda incoada, la cual queda REVOCADA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: SE REPONE la presente causa al estado en que se encontraba cuando fue producida la sentencia que hoy se revoca, lo cual deberá determinar el tribunal de cognición mediante auto expreso una vez recibido el expediente.