IV
DE LA DISPOSITIVA
Por los planteamientos antes expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE de forma SOBREVENIDA, la OPOSICIÓN a la partición efectuada por la ciudadana MAIGUALIDA NARANJO BARRIOS, por cuanto los bienes que originaron la misma fueron objeto de la transacción parcial en fecha 26 de junio de 2021 y homologada por este juzgado en fecha 19 de julio de 2021.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el derecho demandado de partición de comunidad conyugal planteado por el ciudadano MANUEL TORRUELLA SEIJAS contra la ciudadana MAIGUALIDA NARANJO BARRIOS, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de esta sentencia.
TERCERO: SE ORDENA LA PARTICIÓN de la siguiente comunidad a la fecha en que fue declarad.....