DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JEANETTE PRIETO CORDERO, ALONSO MEDINA ROA Y ALFREDO ROMERO MENDOZA, en su condición de Defensores Privados, contra el auto dictado en fecha 12 de mayo y publicado en fecha 29 de mayo de 2017, por el Tribunal Militar Cuarto de Control con sede en Macuto, estado Vargas, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad a la ciudadana LISBETH AUXILIADORA AÑEZ THOMI, titular de la cédula de identidad N° V- 7.770.194, en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos militares DE LA TRAICION A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el 465, DE LA REBELION MILITAR previstos en los artículos 476 ordinal 1° y artículo 486 ordinal 4° y sancionado en el artículo 479, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; fundamentado en los en los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar y en los artículos 439 numerales 4°, 5° y 7° ,180 .....