DISPOSITIVA
Con fuerza a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, Edo Mérida, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE. PRIMERO: De conformidad con los artículos 436 numeral 4º y 438 segundo aparte, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en el artículo 49 ordinal 8º y 300 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y consecuencialmente DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, en la causa Nro. CJPMTM12-028-08, seguida en contra del EX SOLDADO ORLANDO ENRIQUE CORONADO COLINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.240.511, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 221 Batallón de Infantería Motorizada "G/J Justo Briceño", por encontrase incurso en la presunta comisión del Delito Militar de Deserción, previsto en los artículos 523 y 527 ordinal 1º y sanci.....