Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Consejo de Guerra de San Cristóbal, de fecha 14/08/2015, mediante la cual se condenó a Un (01) año (03) meses, al ciudadano Sargento Segundo José Armando Rivas Moreno, por la comisión del delito de DESERCION, previsto en el artículo 523, 527 numeral 1° y sancionado en el artículo 528 más la pena accesoria establecida en el artículo 407, numeral 1° 2° y 3° todos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: A partir de la presente fecha el Sargento Segundo José Armando Rivas Moreno, opta al beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, hasta tanto estén llenos los requisitos establecidos en e.....