Visto lo solicitado por la sustituta del ciudadano Procurador General de la República, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, la ejecución voluntaria de la sentencia Nº 1.521 dictada por este Tribunal en fecha 08-08-2012, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto y para lo cual se le concede un plazo de diez (10) días de despacho, al contribuyente "ANTONIO MIGLIO DI MAIO", siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión.-