PRIMERO: Declara Sin Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares intentó el ciudadano JOSE ELIAS DURAN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.670.167, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.38.712, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, actuando como Endosatario en Procuración de la ciudadana DINORA MORAIMA VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.178.087, contra la ciudadana MERY MARIA RINCÓN DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.032.853, domiciliada en Las Vegas del Salado, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la Parte Demandante por haber resultado vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes y/o a sus Apoderados con facultad para hacerl.....