En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella interpuesta GERSON ABUNDIO ESCORCHE LINAREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 14.272.919, representado judicialmente por los abogados Tomás Antonio Pérez, Jairo Revilla Duarte y Roberto Gonzales, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 45.397, 29781 y 197.597, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales, contra la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA (G.N.B.).
Se ORDENA notificar al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la publicación de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Asimismo, se deja constancia que una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, y trans.....