Por los razonamientos anteriormente esbozados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: SE DECRETA CUMPLIDO EL ACUERDO REPARATORIO celebrado entre el acusado JHON DE JESUS LEAL LEAL, venezolano, natural del Vigía, Estado Mérida, mayor de edad, nacido en fecha 20-03-1986, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.982.232, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Taxista, residenciado en la vía El Llano Caserío La Hortiza, calle Los Compadres, casa N° 2-46, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0276-3476232, y la víctima LIBORIO SILVA MONTAÑEZ; por cuanto el hecho punible recae exclusivamente sobre bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial, así mismo observa este Juzgador que las partes han concurrido en forma libre y con pleno conocimiento d.....