Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara Parcialmente Con Lugar, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Maria Pita, representada del abogado identificado UT SUPRA, contra la Cámara Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital. En consecuencia se declara nulo el acto administrativo aprobado por la Cámara Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 22 de septiembre de 2000, contentivo de la remoción y retiro del querellante, del cargo del Coordinador Técnico de la Junta Parroquial Santa Teresa, notificado mediante comunicación Nº DPL-826/2000, de fecha 22 de septiembre de 2000, recibido en fecha 03 de noviembre de 2000; se ordena la reincorporación al cargo que venía desempeñando el querellante, o a otro de igual o similar jerarquía al cual reúna los requisitos e igualmente el pago de los sueldos .....