Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, presentado por el Abg. Ángel Rosendo Petit Dugarte, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; a instancias de los ciudadanos LUIS ENRIQUE ARDILA PERDOMO y JASMIN CAROLINA DOMINGUEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-14.393.180 y V-18.431.871 respectivamente; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Siendo los acuerdos pautados por las partes los que a continuación se especifican:
PRIMERO: El padre compartirá con su hijo, dos (02) fines de semana al mes de manera alternada, buscándolo el día viernes por la guardería, hasta el lunes que lo llevará a la guardería en la mañana.
SEGUNDO: En e.....