de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Noveno de Control en contra del penado SARGENTO PRIMERO GEOVANNY ANTONIO MARRUFO LEAÑEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 21.157.853, imponiéndosele una pena de DOS (02) AÑOS NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política, Separación del Servicio y Perdida de Derecho a Premio, por estar incurso en la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 en concordancia relación con los ar.....