DISPOSITIVO
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de enero de 2015, interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 24 de noviembre de 2014
SEGUNDO: Firme el Decreto Intimatorio dictado en fecha 20 de febrero de 2013, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, en ocasión a la demanda de intimación que interpuso el ciudadano Luís G. Hernández C. abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 27.040, actuando como En.....