Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 03 de mayo de 2.007; se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio.