Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano PIERO PABLO RELLA RÍOS, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.855.173, asistido por la abogado Milagros Jiménez Vivas inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.658, contra el acto administrativo contenido en la Resolución identificada DGRHAP-RC000202, de fecha 17 de marzo de 2003, emanado por el Presidente del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.