En razón de todos los argumentos anteriormente expuestos, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: COMPETENTE para conocer de la demanda de divorcio interpuesta por el ciudadano EDUARDO ANTONIO FERNÁNDEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 4.351.658; en contra de la ciudadana MARÍA ISABEL RINCÓN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 4.843.697, fundamentada en las causales 2° y 3° del Código Civil venezolano; al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que se ordena la remisión del presen.....