D I S P O S I T I V O
POR LAS RAZONES EXPUESTAS, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,DECIDE: DECLINAR LA PRESENTE CAUSA Nº CJPM-TM13C-004-2019, seguida en relación a los hechos ocurridos el día martes 24 de Enero del 2016, en las adyacencias del Barrio Bolívar Municipio García de Hevia Del Estado Táchira, donde figuran como investigado el Ciudadano: JOSÉ MELECIO PÉREZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad n° v.-27.970.898, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; en grado de participación como AUTOR, conforme al artículo 390 ordinal 1 ibídem,todo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 4, artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia co.....