CONFIRMO la sentencia, dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha veintinueve de noviembre de dos mil seis, mediante la cual condenó a las ciudadanas: SANDRA YAMILETH TIRIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.504.655 y ANA MARIELA ROA URBINA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.792.580, a cumplir la pena de ocho (08) años y cuatro (04) meses de presidio por la comisión del delito de REBELION MILITAR, previsto en el artículo 476 numeral 1, en concordada relación con lo señalado en el artículo 486 numerales 2 y 4 y sancionado en los artículos 482 y 487, concatenado con lo establecido en el artículo 389, numeral 2 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, más las penas accesorias establecidas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 406 ibidem.