PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la ciudadana LUBEL DONATA BAPTISTA DUGARTE, parte demandada en este proceso, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil;
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO, incoada por el ciudadano ALEJANDRO OSCAR FONSECA SÁNCHEZ en contra de la ciudadana LUBEL DONATA BAPTISTA DUGARTE, con fundamento en el literal "b" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y como consecuencia de ello, se condena a la ciudadana LUBEL DONATA BAPTISTA DUGARTE, a hacer Entrega Material, Real y Efectiva libre de bienes y personas a la parte actora, ciudadano ALEJANDRO OSCAR FONSECA SÁNCHEZ del siguiente bien inmueble: apartamento No. ciento once raya B (111-B), ubicado en el décimo primer piso de la Torre "B" del Edificio denominado "Los Robles", situado con frente a la Calle uno (1), Manzana E-3 de la zona cuatro (4), Sector Sur de la Urbanización La Urbina, en jurisdicción del Municipio Petare, Distrito Sucre de.....