Primero: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados ENRIQUE JOSÉ CHACON BRETO, RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ y SALVADOR ANTONIO LUQUE GODOY, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 41.762, 21.085 y 154.750, respectivamente, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana TIBISAY COTOMOTO VARELA VARGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-6.356.191, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.
Segundo: ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia:
• Se ordena la CITACIÓN mediante oficio del ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, para que dé contestación a la querella interpuesta dentro del plazo de quince (15) días de despacho, contados a partir del vencimiento del lapso previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en Gaceta Ofi.....