Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control, de fecha 11/10/2016, mediante la cual se condenó a dos (02) años, seis (06) meses de prisión, al ciudadano Adrián José Quintero Quintero, como autor en la comisión del delito militar de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 1° y ABANDONO DEL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 551 numeral 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, más la pena accesoria establecida en el artículo 407 numeral 1°, 2° y 3° Eiusdem; SEGUNDO: A partir de la presente fecha el ciudadano Adrián José Quintero Quintero, opta al beneficio d.....