IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por la adolescente (Se omite conforme a lo previsto en el artículo 65 de la LOPNNA), representada por su padre, ciudadano PABLO EDUARDO HIDALGO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y con cédula de identidad Nro. V-3.199.894, mediante escrito de fecha 02 de octubre de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 01 de Octubre de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estad Táchira.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes intervinientes en la presente Acción de Amparo Constitucional.
La presente de.....