Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos WILSON ANTONIO RAMIREZ MIRANDA y JOHANA DEL CARMEN RAMIREZ PERNETT, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.444.891 y V-14.525.699, respectivamente y domiciliados en la ciudad y Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día 27 de Abril de 1996, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Intendencia San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia del acta de matrimonio No.125, que corre inserta en las actas.- ASI SE DECLARA.-
De esta unión no se procrearon hijos, por manifestar las partes expresamente no.....