Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1-.COMPETENTE para conocer de la demanda de contenido patrimonial y vía ejecutiva interpuesta por el abogado Jesús Caballero Ortiz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 4.643, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, instituto autónomo nacional creado por Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.332 del 26 de noviembre de 2001 y actualmente regulado por la Ley de Transporte Terrestre publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.985, de fecha 01 de agosto de 2008, contra la sociedad mercantil PUBLICIDAD VEPACO C.....