Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley OTORGA EL PERMISO para el penado: RAFAEL ENRIQUE ESCALONA SILVA, titular de la cédula de identidad Nº 12.242.021, para que participe como Vocero Principal al Servicio de la Población Penal del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, en las Mesas de Trabajo de los Entes Gubernamentales del Estado Lara, a realizarse en Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana), Barquisimeto, Estado Lara, permiso que se le Otorga desde la Presente fecha hasta la culminación de las Actividades, todo de conformidad con el articulo 48 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, así como en lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese.- Cúmplas.....