Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoare el ciudadano JAIRO JAVIER PINEDA ARAQUE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédulas de Identidad N° V-13.506.232, en contra de la demandada "CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA, S.A", sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 17 de enero de 2.005, bajo el Nro.54, tomo 475-A-VII. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar al accionante las cantidades y conceptos que serán discriminados en la parte motiva del presente f.....