Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 82.15º, 84, 88, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. ARELIS FALCON LIZARRAGA, en su condición de Juez del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la SOLICITUD DE OPOSICIÓN A TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana NADEZWKA APONTE, actuando en su carácter de representante de la UNIDAD ADMINISTRATIVA y FINANCIERA y representante legal de la JUNTA COMUNAL PINAR ALTO.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fech.....