Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control con sede en Guasdualito, Estado Apure DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable a la Jurisdicción Militar por Disposición de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar; iniciada por la presunta comisión del Delito Militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502, del Código Orgánico de Justicia Militar, en relación a la Denuncia N° SIP-053-11, de fecha 04JUL2011, interpuesta ante la Sección de Investigaciones Penales del Destacamento de Fronteras N° 63 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, por el ciudadano Sargento Mayor de Tercera LUIS RAFAEL GONZALEZ OROZCO, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.061.001, en contra del ciudadano YOHENNY ANTONIO MANZANO LOZADA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.084.013; quien ejerce la Función de Insp.....