DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ANULAR DE OFICIO la Sentencia Interlocutoria con fuerza de Definitiva de fecha 20 de Octubre de 2008, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE HERNANDEZ MAURIELLO, de conformidad con lo establecido en el 318 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 12, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 323, 173, 190 y 191 Ejusdem, así como todos los actos sucesivos con excepción a la presente decisión,.....