En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Militar Tercero de Control con sede en la Ciudad de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Misterio Publico y de la Defensa Publica Militar, relacionada con la imposición de una medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad a favor de el TTE LUIS GUILLERMO JIMENEZ AGUIRRE, titular de la cédula de identidad No. 24.793.251, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, quien deberá presentarse ante este Órgano Jurisdiccional cada quince (15) días contados a partir de la presente fecha así como la prohibición de la jurisdicción del tribunal sin la debida autorización este Tribunal Militar de conformidad con los numerales 3º y 4º del artículo 242 de la norma adjetiva penal. SEGUND.....