DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Militar Décimo Séptimo en funciones de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, siendo competente por la materia por recta aplicación del artículo 261 preceptuado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el Artículo 309, 312 y 375, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento del delito militar de INSUBORDINACION previsto en el artículo 512 ordinal 2 y sancionado en el artículo 514 ordinal 2º del Código Orgánico de Justicia Militar de conformidad con lo establecido en el articulo 300 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal Conforme al ordinal 2° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: De Oficio este Tribunal Miliar Decreta el Sobreseimiento de los delitos militares de ABANDONO DE SERVICIO.....