IV
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la medida de secuestro peticionada por los apoderados judiciales del ciudadano Roger Blanco-Fombona.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad de Caracas, a los once (11) días del mes de octubre de dos mil diez (2010). Años 200º y 151º.
LA JUEZ PROVISORIA
DAYANA ORTÍZ RUBIO
LA SECRETARIA
JENNY R., BÁEZ JARAMILLO
En esta misma fecha, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las tres y diez de la tarde (3:10 p.m).
LA SECRETARIA
JENNY R., BÁEZ JARAMILLO
DOR/JRBM/fanny**
AP31-V-2010-00.....