ÚNICO
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada VERÓNICA TORRES MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.413, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa "CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Quinto (5º) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, con sede Caracas, en fecha primero (1º) de julio de dos mil cinco (2005), bajo el Nº 64, Tomo 1131-A, contra la sociedad "SUPLIDORA LARISSA & ASOCIADOS (SUPLILAR), C.A, y a "SEGUROS PIRAMIDE, C.A.".