De conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, también resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 585 del Código Procesal Civil, que es del tenor siguiente:
"Las medidas preventivas establecidas en este Título las decretará el Juez, sólo cuando exista riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo y siempre que se acompañe un medio de prueba que constituya presunción grave de esta circunstancia y del derecho que se reclamo.
El primer requisito exigido en el artículo 585 del Código de procedimiento Civil y en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se refiere a la presunción de buen derecho, esto es las razones de hecho y de derecho de la pretensión, conjuntamente con las pruebas que las sustenten.
Este extremo persigue justificar la posibilidad de limitar el derecho constitucional de propiedad del demandado, por causa de la obligación contraída por este en cabeza del actor, quien debe crear en el Juez la convicción de que e.....