DECISIÓN
Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas y en concordancia con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en el presente juicio incoado por el ciudadano TOMÁS AQUINO AGUILAR LÓPEZ, contra la empresa CENTRO ESTÉTICO AURA¿S 33, C.A., ambas partes identificadas en autos en los términos establecidos por las mismas. En cuanto a la solicitud del cierre del presente expediente, se deja constancia que una vez conste el último de los pagos aco.....