PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto sea tomada la presente audiencia como acto de imputación, SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar en cuanto a que sea declarado los hechos como flagrante y en consecuencia se lleve por el procedimiento ordinario. TERCERO : SIN LUGAR la solicitud realizada por el Ministerio Publico Militar en cuanto a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos imputados EDGARDO JOSE MALLORGA TORO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.431.884, y LUIS JOSE SANABRIA MORENO, titular de la cédula de identidad Nº V-26.190.884 CUARTO: CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar, en cuanto a que se le decrete a favor de los ciudadanos imputados EDGARDO JOSE MALLORGA TORO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.431.884, y LUIS JOSE SANABRIA MORENO, titular de la cédula de identidad NºV-26.190.884, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el artículo 242 del Código .....