DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano Fernando Manuel Cuenca La Rosa, debidamente representado por los abogados Carolina Cuenca La Rosa y José Enrique Aveledo Pocaterra, contra el ciudadano Julio Daniel Vivas Ríos, representado judicialmente por los abogados Zurka Morón Campos y Oswaldo Rojas Briceño, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia; por cuanto quedó acreditado en las actas procesales el pago del canon de arrendamiento reclamado.
SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber sido vencido.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificad.....