DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud formulada por el Ministerio Público Militar de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Alistado MEDINA PEREZ RICHARD, titular de la cédula de identidad Nº V-18.800.627, quien se encuentra presuntamente incurso en el delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CON LUGAR, la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar de imposición de una medida menos gravosa de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de su defendido; en consecuencia; el ciudadano Alistado MEDINA PEREZ RICHARD, titular de la cédula de identidad .....