Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana ZULMA BETANCOURT NARVAEZ, contra la demandada la OFICINA TECNICA NACIONAL PARA LA REGULACIÒN DE TENENCIA DE LA TIERRA URBANA. (OTNRTTU), y consecuencialmente se ordena el reenganche de la ciudadana trabajadora a su sitio habitual de trabajo, con el consiguiente pago de salarios caídos, desde la fecha de notificación de la demandada, a saber, desde el 25/01/2010, a razón de Bsf. 3.369,69 salario alegado por la actora y no desvirtuado por la demandada, y para determinar el monto real adeudado por este concepto se ordena realizar una experticia complementaria al fallo, mediante el nombramiento de.....