Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Ordinaria y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera considera procedente en este caso declararse incompetente en RAZÓN DE LA CUANTÍA, para conocer de la presente causa interpuesta por el ciudadano Omar Abel Zambrano Chacon, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.989.111, debidamente asistido del abogado Gerardo Nieto Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.872, declinando la COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de su distribución.