DISPOSITIVO
De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de Desalojo incoada por la empresa Policlínica Santiago de León C.A en contra del ciudadano Luís Alberto Perazzo, plenamente identificados al inicio del presente fallo, y en consecuencia, de ello se condena al demandado al ciudadano LUIS ALBERTO PERAZZO, a lo siguiente:
PRIMERO: En hacer entrega del libre de personas y de bienes un cubículo S/N, ubicado en la oficina 1-B de la Torre Negrín, situada en la Calle Negrín con la Calle Los Apamates de la Parroquia El Recreo, en Caracas; Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: Cancelar los cánones de arrendamiento de los meses de Diciembre de 2006 hasta julio de 2008 a razón de Bs. 1.....