DISPOSITIVA
En razón de lo precedentemente expuesto ESTE TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE CONTROL DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA APREHENSIÓN del Ciudadano BLAS CLEMENTE FAYOLA, titular de la cedula de identidad V-5.552.897, quien se encuentra presuntamente incurso en el delito militar de USURPACION Y FALSIFICACION Y FALSEDAD, previstos y sancionados en los artículos 568 numeral 1º, 507 a título de autor de acuerdo a lo establecido en los artículos 389 numeral 1º todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Por lo que una vez aprehendido deberá ser puesto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la orden de este Tribunal Militar de Control, a los fines de ser oído y resolver, sobre mantener la medida impuesta o sustituirla por otra menos gravosa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 ordinal 1° y 49 de la Constitución de l.....